Rechazado el traspaso de la licencia de un pub de A Coruña porque fue falsificada
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Rechazado el traspaso de la licencia de un pub de A Coruña porque fue falsificada

El juzgado descarta que el nuevo empresario pueda solicitar otro permiso porque el Orzán es Zona Acústicamente Saturada

Local de la calle Sol, 17.

Local de la calle Sol, 17. / Carlos Pardellas

A Coruña

La licencia del pub situado en el número 17 de la calle Sol no puede ser transmitida a otra empresa para que desarrolle su actividad, ya que la declaración responsable de actividad con que se solicitó fue falsificada por la sociedad que hasta ahora explotaba el local y a la que finalmente se le denegó. Así lo asegura la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 4 de A Coruña, que no puede ser recurrida, sobre el recurso presentado por la compañía que trataba de hacerse cargo del establecimiento tras la negativa del Concello a autorizar el traspaso del permiso municipal.

La recurrente basó su argumentación en que las razones expuestas por el Concello, la carencia de sonómetro y de la licencia del anterior titular del local, no impedían la presentación de una nueva declaración responsable para obtener el permiso.

Pero la administración municipal informó al juzgado de que la anterior titular del pub perdió la licencia en 2023 cuando se comprobó que había falsificado la declaración responsable y que esa decisión es firme porque no se recurrió, de forma que “no existía título válido que pudiera transmitirse”.

El Concello niega además que el hecho de que el local estuviera funcionando durante un año hiciera válida la licencia, ya que recuerda que el control de las declaraciones responsables con las que se obtienen esos documentos puede realizarse en cualquier momento tras su presentación.

El juzgado resuelve que el nuevo responsable del pub no tiene la opción de presentar una nueva declaración responsable para obtener una licencia porque el local se halla en la Zona Acústicamente Saturada del Orzán, en la que no se pueden otorgar nuevos permisos de este tipo.

La sentencia rechaza también que se halla producido una discriminación, como alegó el recurrente, ya que la legislación gallega impide que con la subrogación de una licencia se puedan eludir las consecuencias de las acciones del anterior titular de la misma.

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